Transparencia

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz

Con fundamento en el Artículo 15, los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.

Fracción I

El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros;

Fracción II

Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;

Fracción III

Las facultades de cada Área;

Fracción IV

Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;

Fracción V

Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer;

Fracción VI

Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;

Fracción VII

El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;

Fracción VIII

La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración;

Fracción IX

Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;

Fracción X

El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa;

Fracción XI

Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;

Fracción XII

La información en Versión Pública de las declaraciones patrimoniales de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable;

Fracción XIII

El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;

Fracción XIV

Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;

Fracción XV

La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos.(NO APLICA)

ver información

Fracción XVI

Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

Fracción XVII

La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;

Fracción XVIII

El listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición;

Fracción XIX

Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;

Fracción XX

Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen;

Fracción XXI

La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;

Fracción XXII

La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable; (NO APLICA)

ver información

Fracción XXIII

Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña; (NO APLICA)

ver información

Fracción XXIV

Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;

Fracción XXV

El resultado de la dictaminación de los estados financieros;

Fracción XXVI

Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; (NO APLICA)

ver información

Fracción XXVII

Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;

Fracción XXVIII

La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

Fracción XXIX

Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;

Fracción XXX

Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;

Fracción XXXI

Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;

Fracción XXXII

Padrón de proveedores y contratistas;

Fracción XXXIII

Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;

Fracción XXXIV

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;

Fracción XXXV

El Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;

Fracción XXXVI

Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;

Fracción XXXVII

Los mecanismos de participación ciudadana;

Fracción XXXVIII

Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;

Fracción XXXIX

Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;

Fracción XL

Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; (NO APLICA)

ver información
Fracción XLI

Los estudios financiados con recursos públicos;

Fracción XLII

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;(NO APLICA)

Fracción XLIII

Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

Fracción XLIV

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;

Fracción XLV

El catálogo de disposición y guía de archivo documental;

Fracción XLVI

Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;

Fracción XLVII

Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente,(NO APLICA)

ver información

Fracción XLVIII

Las enajenaciones y otros actos jurídicos relacionados con bienes públicos, indicando los motivos, beneficiarios o adquirientes, así como los montos de las operaciones;

Fracción XLIX

Las cuentas públicas estatales y municipales, así como los documentos relativos, incluyendo el informe del resultado de su revisión y su dictamen;

Fracción L

El origen de fondos auxiliares especiales y la aplicación que se haya hecho de los ingresos correlativos(NO APLICA)

ver información

Fracción LI

Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical;

Fracción LII

Los índices de expedientes clasificados como reservados, elaborados semestralmente y por rubros temáticos;

Fracción LIII

La información desclasificada, la cual deberá de permanecer dos años posteriores a partir de que perdió su clasificación;

Fracción LIV

Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Último Párrafo

Los sujetos obligados deberán informar al Instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que éste verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de las fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

 

Fracción 70 XLIV

 

Fracción 70 XLV

Fracción 70 XXVIII

ver información

Artículo 20. Además de lo señalado en el artículo 15 de la presente Ley, las instituciones de educación superior públicas dotadas de automía deberán poner a disposición del publico y actualizar la siguiente información:

 

Fracción I

Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración de programa con las asignaturas y su valor en créditos;

Fracción II

Toda la información relacionada con sus procedimientos administrativos;

Fracción III

la remuneración de los profesores, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto;

Fracción IV

La lista con los profesores con licencia o en un año sabático;

Fracción V

El listado de las becas y apoyos que se otorgan, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlos;

Fracción VI

Las convocatorias de los concursos de oposición;

Fracción VII

La información relativa a los procesos de selección de los consejos;

Fracción VIII

El resultado de las evaluaciones del cuerpo docente;

Fracción IX

El listado de instituciones incorporadas y requisitos de incorporación;

Fracción X

Los estados de su situación financiera, señalando su activo en propiedades y equipo, inversiones patrimoniales y fideicomisos, efectivo y los demás que apliquen para conocer el estado que guarda su patrimonio.